Organigrama

La SGO se regirá por el sistema de autogobierno y por el principio de representación a través de los siguientes Órganos de Gobierno:

  1. Asamblea General.
  2. Junta Directiva.

La Junta Directiva es el órgano rector y ejecutivo de la SGO, que se encarga de la dirección, gobierno y administración de la misma. En su actuación se someterá a las directrices que le señala la Asamblea General y habrá de cumplimentar sus acuerdos.

  1. Corresponde a la Junta Directiva ejercer las siguientes facultades y funciones:
  2. Cumplir y hacer cumplir los Estatutos.
  3. Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
  4. En los casos de extrema urgencia, adoptar decisiones sobre asuntos cuya competencia corresponde a la Asamblea General, dando cuenta a la misma en la primera reunión que se celebre.
  5. Convocar y fijar la fecha de la celebración de la Asamblea General.
  6. Designar las Comisiones de Trabajo, presididas a ser posible, por un miembro de la Junta, que se consideren oportunas y coordinar su labor.
  7. Proponer a la Asamblea General programas de actuación generales y específicos.
  8. Representar a la SGO, dirigir y realizar las actividades de la SGO, necesarias para el ejercicio y desarrollo de sus fines.
  9. Admitir, suspender, y dar baja a los socios en la forma prevista en estos Estatutos.
  10. Interpretar los Estatutos de la SGO, velar por su cumplimiento, y dirimir las diferencias que puedan surgir entre los miembros de la misma.
  11. Regular la organización administrativa y el régimen económico de la SGO.
  12. Proponer a la Asamblea General la cuota ordinaria y extraordinaria que considere necesaria para el normal funcionamiento de la SGO.
  13. Administrar los fondos de la SGO y gestionar cuanto atañe a su dirección, gobierno y régimen, creando los servicios más convenientes a los fines de la SGO y a la utilidad de los asociados y nombrando el personal necesario.
  14. Redactar los presupuestos y balances para su presentación por la Asamblea General.

Corresponde al Presidente:

  1. Ostentar la representación de la SGO ante toda clase de Autoridades, Tribunales y organismos públicos y privados.
  2. Representar a la SGO en la posible federación o confederación de Asociaciones Profesionales, así como mantener los contactos oportunos con cualesquiera otras Asociaciones.
  3. Disponer la convocatoria de la Asamblea General y de la Junta Directiva, así como presidir sus reuniones, abrir y levantar sesiones, dirigir los debates y mantener el orden de los mismos.
  4. Visar las actas de las reuniones y vigilar la ejecución de los acuerdos adoptados.
  5. Suscribir contratos a nombre de la SGO, otorgar poderes a terceros; interponer reclamaciones en la vía gubernativa y ante las jurisdicciones ordinaria y especial, aceptar donaciones, regalos y herencias, ejercitar acciones o poner excepciones.
  6. Ordenar los pagos a realizar por la SGO.
  7. Rendir anualmente informe de su actuación ante la Asamblea General.
  8. Recoger las opiniones de los socios creando los órganos asesores que estime oportunos, mediante reglamentación y presentación a la Asamblea General.

Corresponde al Vicepresidente:

  1. Actuar por delegación del Presidente en la forma que la Junta Directiva acuerde o aquel indique.
  2. Colaborar en la actividad que desarrolle el Presidente al objeto de poder sustituirle en cualquier circunstancia sin que se produzcan soluciones de continuidad.
  3. Sustituir al Presidente en los casos de ausencia, enfermedad o motivo justificado.
  4. Desempeñar la Presidencia en caso de que se produjera vacante en el cargo en tanto se realiza la nueva elección.
  5. Corresponde al Secretario General:
  6. Actuar como Secretario de la Asamblea General y de la Junta Directiva de la SGO.
  7. Redactar, de acuerdo con el Presidente, el orden del día y cursar las convocatorias acordadas por el Presidente.
  8. Redactar las actas de las reuniones que se celebren, de las que se dará fe y firmará con el Presidente.
  9. Dar cuenta de las actividades de la Secretaría en las reuniones, publicar las votaciones y efectuar los pertinentes traslados de acuerdos.
  10. Gestionar totalmente la afiliación de quien lo solicite, llevando el control de altas y bajas de los asociados, el registro y el archivo de la Secretaría.
  11. Llevar la correspondencia que precise sostener la SGO.
  12. Preparar, redactar y publicar, en su caso, la memoria anual de las actividades de la SGO, las circulares informativas y cuantos documentos fueran necesarios o convenientes para el mejor servicio de la SGO y de los socios.
  13. Expedir certificaciones referentes a los libros y documentos de la SGO, con el visto bueno del Presidente.
  14. Desempeñar cualquier otra función no específica que le encomiende la Asamblea General y la Junta Directiva, y adoptar las medidas de carácter urgente que crea necesario, dando cuenta al Presidente.
  15. Custodiar los libros de registro, actas y demás documentos de la SGO

Corresponde al Vicesecretario:

  1. Actuar por delegación del Secretario General o el Presidente en la forma que la Junta Directiva acuerde o aquellos lo indiquen.
  2. Colaborar en la actividad que desarrolle el Secretario General al objeto de poder sustituirle en cualquier circunstancia sin que se produzcan soluciones de continuidad.
  3. Sustituir al Secretario general en los casos de ausencia, enfermedad o motivo justificado.
  4. Desempeñar la Secretaría General en caso de que se produjera vacante en el cargo en tanto se realiza la nueva elección.

Corresponde al Tesorero:

  1. Organizar el cobro de las cuotas fijadas para los socios y el de cuantas cantidades adeuden a la SGO.
  2. Actuar como depositario de los fondos de la SGO.
  3. Realizar los pagos de acuerdo con el presupuesto aprobado en la Asamblea General y por orden del Presidente en los casos que lo requieran.
  4. Custodiar los libros justificativos de su función, en que figuran anotados los cobros y pagos y la existencia de saldos en Bancos, a efectos de inventarios y balances.
  5. Dar cuenta periódicamente a la Junta Directiva de la marcha económica de la SGO.
  6. Redactar los presupuestos anuales y la cuenta de gastos del mismo periodo, que deberá presentar a la Junta Directiva para su elevación a la Asamblea General para su aprobación.
  7. Llevar actualizado un inventario de bienes de la SGO.
  8. Inspeccionar, controlar y fiscalizar la gestión de los Congresos y Reuniones recaudando los fondos y beneficios que de los mismos se obtengan para la Tesorería de la SGO.

Corresponde a los vocales:

  1. Actuar como miembros de la Junta Directiva.
  2. Coordinar las comisiones de trabajo que les sean encomendadas.
  3. Colaborar con el Presidente y Vicepresidente.
  4. Todas aquellas funciones que se le encomienden por la Junta Directiva.